4 de marzo de 2009

Procesamiento de policías que cortaron el puente

El juez González explicó un histórico fallo en Corrientes
Es uno de los tres camaristas que, por unanimidad, determinaron que cortar el puente General Belgrano es un delito. Dijo que “en ningún país del mundo se permite un hecho de esta naturaleza”. Analizó las características del caso.
Uno de los tres jueces camaristas federales que votaron en el fallo que determinó que cortar el tránsito en el puente General Belgrano es un delito, al procesar a policías que habían encabezado un piquete, habló ayer con la prensa y explicó su punto de vista sobre esta decisión judicial sin precedentes en la región. “En ningún país del mundo se permite un hecho de esta naturaleza, inmediatamente son desalojados por la fuerza pública”. Así se expresó ayer el juez Luis González, quien presidió la Cámara Federal en esta causa que, por unanimidad, procesó a los policías Miguel Soto y Walter Gómez, y a la señora Juana Gómez, representante de la familia policial. El piquete mantuvo cortado el tránsito en forma total durante once días, en mayo de 2008, en el marco de un arduo conflicto de parte de la fuerza de seguridad con el Gobierno de la Provincia, en reclamo de aumento salarial. El magistrado recibió a la prensa por la mañana en su despacho, en la sede de la Cámara en Pellegrini al 900, y explicó: “Los procesados han infringido la norma del artículo 194 del Código Penal, que prohíbe interferir en la normal circulación de los medios de transporte con el agravante de que permanecían armados; fue comprobado que actuaron sin ninguna justificación legal que habilite el corte o interrupción”. González explicó que la determinación se tomó a partir de los informes de la Gendarmería Nacional, que custodiaba la zona (sin desalojar el Puente). “Se pudo constatar que se vivía una situación de constante tensión y peligro y que los manifestantes eran liderados por los tres acusados”. Este fallo es histórico para la Justicia Federal en Corrientes, que por primera vez fijó posición en un hecho que permanentemente abre grandes interrogantes que enfrentan el derecho de la protesta, claramente establecido en la Constitución, con el derecho de transitar libremente que tienen igualmente el resto de las personas, como el caso de los pasajeros del transporte Chaco-Corrientes. En ese marco, las palabras de este juez cobran relevancia debido a que el corte de puente es una metodología usada por manifestantes correntinos en la mayoría de las veces que hay conflictos salariales –o sectoriales– con el Gobierno de la Provincia. Cuando el magistrado habla de manifestantes “en situación de peligro”, se refiere a la característica más importe del hecho investigado: la participación de personas uniformadas y armadas en la zona. En otras palabras, la Cámara, con el voto de González, diferenció a esa protesta de la Policía con la de personas desocupadas, los llamados piqueteros. Primero, porque los integrantes de la fuerza están obligados a ser garantes del orden; segundo, porque al poseer un salario del Estado no están en condiciones de extrema pobreza. Ahora, el juez de primera Instancia, Carlos Soto Dávila, podría requerir a la Cámara que se eleve la causa a juicio oral y público, instancia que será apelada por los procesados, según anticipó Soto a La República en la edición del domingo pasado. fuente: diariolarepublica.com.ar

2 comentarios:

Jose Buendia dijo...

VAMOS CARAJO !!!. Que al menos se haga algo para que no se abuse del derecho que está explícito en la constitucion, pero que se exagera al ejercerlo...

Anónimo dijo...

Felicitaciones para el Juez González, y espero que se pongan las pilas también a los demás piqueteros y que los procesen a TODOS.
Si necesitan testigos de que los policías estaban armados, denlo a conocer, por mi parte iré corriendo a declarar

4 de marzo de 2009

Procesamiento de policías que cortaron el puente

El juez González explicó un histórico fallo en Corrientes
Es uno de los tres camaristas que, por unanimidad, determinaron que cortar el puente General Belgrano es un delito. Dijo que “en ningún país del mundo se permite un hecho de esta naturaleza”. Analizó las características del caso.
Uno de los tres jueces camaristas federales que votaron en el fallo que determinó que cortar el tránsito en el puente General Belgrano es un delito, al procesar a policías que habían encabezado un piquete, habló ayer con la prensa y explicó su punto de vista sobre esta decisión judicial sin precedentes en la región. “En ningún país del mundo se permite un hecho de esta naturaleza, inmediatamente son desalojados por la fuerza pública”. Así se expresó ayer el juez Luis González, quien presidió la Cámara Federal en esta causa que, por unanimidad, procesó a los policías Miguel Soto y Walter Gómez, y a la señora Juana Gómez, representante de la familia policial. El piquete mantuvo cortado el tránsito en forma total durante once días, en mayo de 2008, en el marco de un arduo conflicto de parte de la fuerza de seguridad con el Gobierno de la Provincia, en reclamo de aumento salarial. El magistrado recibió a la prensa por la mañana en su despacho, en la sede de la Cámara en Pellegrini al 900, y explicó: “Los procesados han infringido la norma del artículo 194 del Código Penal, que prohíbe interferir en la normal circulación de los medios de transporte con el agravante de que permanecían armados; fue comprobado que actuaron sin ninguna justificación legal que habilite el corte o interrupción”. González explicó que la determinación se tomó a partir de los informes de la Gendarmería Nacional, que custodiaba la zona (sin desalojar el Puente). “Se pudo constatar que se vivía una situación de constante tensión y peligro y que los manifestantes eran liderados por los tres acusados”. Este fallo es histórico para la Justicia Federal en Corrientes, que por primera vez fijó posición en un hecho que permanentemente abre grandes interrogantes que enfrentan el derecho de la protesta, claramente establecido en la Constitución, con el derecho de transitar libremente que tienen igualmente el resto de las personas, como el caso de los pasajeros del transporte Chaco-Corrientes. En ese marco, las palabras de este juez cobran relevancia debido a que el corte de puente es una metodología usada por manifestantes correntinos en la mayoría de las veces que hay conflictos salariales –o sectoriales– con el Gobierno de la Provincia. Cuando el magistrado habla de manifestantes “en situación de peligro”, se refiere a la característica más importe del hecho investigado: la participación de personas uniformadas y armadas en la zona. En otras palabras, la Cámara, con el voto de González, diferenció a esa protesta de la Policía con la de personas desocupadas, los llamados piqueteros. Primero, porque los integrantes de la fuerza están obligados a ser garantes del orden; segundo, porque al poseer un salario del Estado no están en condiciones de extrema pobreza. Ahora, el juez de primera Instancia, Carlos Soto Dávila, podría requerir a la Cámara que se eleve la causa a juicio oral y público, instancia que será apelada por los procesados, según anticipó Soto a La República en la edición del domingo pasado. fuente: diariolarepublica.com.ar

2 comentarios:

Jose Buendia dijo...

VAMOS CARAJO !!!. Que al menos se haga algo para que no se abuse del derecho que está explícito en la constitucion, pero que se exagera al ejercerlo...

Anónimo dijo...

Felicitaciones para el Juez González, y espero que se pongan las pilas también a los demás piqueteros y que los procesen a TODOS.
Si necesitan testigos de que los policías estaban armados, denlo a conocer, por mi parte iré corriendo a declarar