29 de marzo de 2009

No es novedad: cortar el puente General Belgrano es un delito federal

El presidente de la Cámara Federal de Apelaciones, Luís González brindó detalles sobre una causa que se inició en el Juzgado Federal de Corrientes con motivo del corte del tránsito en el Puente General Belgrano llevado a cabo a mediados del año pasado por agentes de la policía de la provincia por un reclamo salarial. Para el magistrado, "cualquier corte es ilegal. Puede haber delito o contravención, pero en ambos caso, la fuerza de seguridad tendría que liberar el corte".
En diálogo exclusivo con Sudamericana, el presidente de la Cámara Federal de Apelaciones, Luis González aseguró que cualquier corte es ilegal. Puede haber delito o contravención, pero en ambos caso, la fuerza de seguridad tendría que liberar el corte".

El magistrado detalló que "lo que hizo el Tribunal fue pronunciarse en un recurso de apelación de una causa que se inicio en el Juzgado Federal de Corrientes con motivo del corte de la circulación en el puente General Belgrano el año anterior, provocado por la manifestación de policías".

González siguió explicando que "el juez federal entendió que en esta causa existiría una conducta delictiva, encuadró en ese comportamiento en una disposición expresa en el código penal que es el artículo 194, prevé una pena de hasta dos años para los casos donde se entorpeciere el normal tránsito por tierra, agua o aire".

"Esta disposición existe en la Ley. Y el Juez aplicó este artículo en ese caso. Nosotros entendimos que era correcta su decisión. Hicimos una salvedad, porque sobre esta disposición que teniendo en cuenta que hay varios pronunciamientos en todo el país, se interpreta que basta cualquier entorpecimiento para que se de esta figura penal, es decir cualquiera que corte es un delito", agregó.

Recordó una opinión que Eugenio Zafaroni, quien interpretó que "existe el delito solo cuando exista peligro".

En este sentido, González comentó que "nos tocó analizar el corte de los policías y éstos estaban armados. Y se interpretó que esa situación hubiera podido desencadenar una situación de violencia. No solamente habían informes sino que habían fotos de los medios que se ven que los policías estaban armados".

Para el magistrado, "la realidad es que nadie debería cortar nada. Cualquier corte es ilegal. Puede haber delito o contravención. Pero en cualquier caso, la fuerza de seguridad tendría que liberar el corte del puente".

Y por último agregó que "el manejo de la seguridad no pasa por la responsabilidad de la justicia sino del Ejecutivo. La justicia puede decir que este tipo de actos encuadra dentro de una figura delictiva. El poder judicial no puede actuar de oficio en estos casos, solo lo puede hacer a pedido de algún interesado. La gestión inmediata y directa está en manos del Ejecutivo. La Ley pierde operatividad cuando la expresión se vuelve una regla. Si alguien viola la ley de manera sistemática, la sociedad tiende a creer que esa Ley no rige".

fuente: radiosudamericana.com

5 comentarios:

Anónimo dijo...

O sea que los responsables que continúe los cortes es de Colombi y Cristina? Estamos muertos con esos inútiles.

Anónimo dijo...

http://www1.hcdn.gov.ar/dependencias/dsecretaria/Periodo2003/PDF2003/TP2003/03mayo2003/tp048/1870-D-03.pdf

Anónimo dijo...

JAJAJA...ENTONCES LOS GENDARMES ESOS TAMBIEN DEBERIAN SER SANCIONADOS, YA QUE AL "NO" HACER NADA, TERMINAN SIENDO CÓMPLICES DEL DELITO...PERO TAMBIEN CABE DESTACAR LA IGNORANCIA QUE EXISTE O ES DESCONOCIMIENTO DEL ARTICULO 194 DEL CODIGO PENAL.
PERO EN PLABRAS CRIOLLAS ,TENDRIAN QUE METERLOS EN CANA A LOS "DSUBICADOS", POR NO PONERLES OTRA CUALIDAD, PARA QUE APRENDAN...PERO EN ESTE PAIS LAS AUTORIDADES "NO TIENEN HUEVO" Y TODO PASA POR LA PÓLITICA...

Anónimo dijo...

JAJAJA...ENTONCES LOS GENDARMES ESOS TAMBIEN DEBERIAN SER SANCIONADOS, YA QUE AL "NO" HACER NADA, TERMINAN SIENDO CÓMPLICES DEL DELITO...PERO TAMBIEN CABE DESTACAR LA IGNORANCIA QUE EXISTE O ES DESCONOCIMIENTO DEL ARTICULO 194 DEL CODIGO PENAL.
PERO EN PLABRAS CRIOLLAS ,TENDRIAN QUE METERLOS EN CANA A LOS "DSUBICADOS", POR NO PONERLES OTRA CUALIDAD, PARA QUE APRENDAN...PERO EN ESTE PAIS LAS AUTORIDADES "NO TIENEN HUEVO" Y TODO PASA POR LA PÓLITICA...

Anónimo dijo...

creo que es el articulo 14 de la constitucion nacional que dice que todos ciudadanos tienen derecho a sircular libremente por la rutas argentina nacional y provincial y si no que alguien me corrija.h oscar.

29 de marzo de 2009

No es novedad: cortar el puente General Belgrano es un delito federal

El presidente de la Cámara Federal de Apelaciones, Luís González brindó detalles sobre una causa que se inició en el Juzgado Federal de Corrientes con motivo del corte del tránsito en el Puente General Belgrano llevado a cabo a mediados del año pasado por agentes de la policía de la provincia por un reclamo salarial. Para el magistrado, "cualquier corte es ilegal. Puede haber delito o contravención, pero en ambos caso, la fuerza de seguridad tendría que liberar el corte".
En diálogo exclusivo con Sudamericana, el presidente de la Cámara Federal de Apelaciones, Luis González aseguró que cualquier corte es ilegal. Puede haber delito o contravención, pero en ambos caso, la fuerza de seguridad tendría que liberar el corte".

El magistrado detalló que "lo que hizo el Tribunal fue pronunciarse en un recurso de apelación de una causa que se inicio en el Juzgado Federal de Corrientes con motivo del corte de la circulación en el puente General Belgrano el año anterior, provocado por la manifestación de policías".

González siguió explicando que "el juez federal entendió que en esta causa existiría una conducta delictiva, encuadró en ese comportamiento en una disposición expresa en el código penal que es el artículo 194, prevé una pena de hasta dos años para los casos donde se entorpeciere el normal tránsito por tierra, agua o aire".

"Esta disposición existe en la Ley. Y el Juez aplicó este artículo en ese caso. Nosotros entendimos que era correcta su decisión. Hicimos una salvedad, porque sobre esta disposición que teniendo en cuenta que hay varios pronunciamientos en todo el país, se interpreta que basta cualquier entorpecimiento para que se de esta figura penal, es decir cualquiera que corte es un delito", agregó.

Recordó una opinión que Eugenio Zafaroni, quien interpretó que "existe el delito solo cuando exista peligro".

En este sentido, González comentó que "nos tocó analizar el corte de los policías y éstos estaban armados. Y se interpretó que esa situación hubiera podido desencadenar una situación de violencia. No solamente habían informes sino que habían fotos de los medios que se ven que los policías estaban armados".

Para el magistrado, "la realidad es que nadie debería cortar nada. Cualquier corte es ilegal. Puede haber delito o contravención. Pero en cualquier caso, la fuerza de seguridad tendría que liberar el corte del puente".

Y por último agregó que "el manejo de la seguridad no pasa por la responsabilidad de la justicia sino del Ejecutivo. La justicia puede decir que este tipo de actos encuadra dentro de una figura delictiva. El poder judicial no puede actuar de oficio en estos casos, solo lo puede hacer a pedido de algún interesado. La gestión inmediata y directa está en manos del Ejecutivo. La Ley pierde operatividad cuando la expresión se vuelve una regla. Si alguien viola la ley de manera sistemática, la sociedad tiende a creer que esa Ley no rige".

fuente: radiosudamericana.com

5 comentarios:

Anónimo dijo...

O sea que los responsables que continúe los cortes es de Colombi y Cristina? Estamos muertos con esos inútiles.

Anónimo dijo...

http://www1.hcdn.gov.ar/dependencias/dsecretaria/Periodo2003/PDF2003/TP2003/03mayo2003/tp048/1870-D-03.pdf

Anónimo dijo...

JAJAJA...ENTONCES LOS GENDARMES ESOS TAMBIEN DEBERIAN SER SANCIONADOS, YA QUE AL "NO" HACER NADA, TERMINAN SIENDO CÓMPLICES DEL DELITO...PERO TAMBIEN CABE DESTACAR LA IGNORANCIA QUE EXISTE O ES DESCONOCIMIENTO DEL ARTICULO 194 DEL CODIGO PENAL.
PERO EN PLABRAS CRIOLLAS ,TENDRIAN QUE METERLOS EN CANA A LOS "DSUBICADOS", POR NO PONERLES OTRA CUALIDAD, PARA QUE APRENDAN...PERO EN ESTE PAIS LAS AUTORIDADES "NO TIENEN HUEVO" Y TODO PASA POR LA PÓLITICA...

Anónimo dijo...

JAJAJA...ENTONCES LOS GENDARMES ESOS TAMBIEN DEBERIAN SER SANCIONADOS, YA QUE AL "NO" HACER NADA, TERMINAN SIENDO CÓMPLICES DEL DELITO...PERO TAMBIEN CABE DESTACAR LA IGNORANCIA QUE EXISTE O ES DESCONOCIMIENTO DEL ARTICULO 194 DEL CODIGO PENAL.
PERO EN PLABRAS CRIOLLAS ,TENDRIAN QUE METERLOS EN CANA A LOS "DSUBICADOS", POR NO PONERLES OTRA CUALIDAD, PARA QUE APRENDAN...PERO EN ESTE PAIS LAS AUTORIDADES "NO TIENEN HUEVO" Y TODO PASA POR LA PÓLITICA...

Anónimo dijo...

creo que es el articulo 14 de la constitucion nacional que dice que todos ciudadanos tienen derecho a sircular libremente por la rutas argentina nacional y provincial y si no que alguien me corrija.h oscar.